La Directiva Europea 2002/91/UE establece los requisitos para la reducción de consumo de energía en los edificios, regulando los criterios y metodología de cálculo de la Eficiencia Energética de los Edificios.
En España, según el Real Decreto 47/2007, la eficiencia energética de edificios se ha convertido en un recurso de obligado cumplimiento, en todas las edificaciones de nueva construcción y próximamente lo será para las edificaciones existentes.
Todos los edificios existentes, cuando se vendan o arrienden deben de disponer de un certificado de eficiencia energética otorgado por un Técnico competente.
Dicho certificado se inscribirá en la delegación correspondiente, con lo que obtendremos la Etiqueta energética.
Este certificado tiene una validez de 10 años, desde su emisión.